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A la sombra

Siempre se ha dicho que las crisis deben aprovecharse para mejorar las bases sobre las que desarrollar un crecimiento económico y social sostenible, fuerte y saneado. Una de las conclusiones obtenidas por la Comisión Europea, a raíz del crash financiero, ha sido la necesidad de monitorizar y dotar de mayor transparencia y regulación al sector financiero, entendido en su gran amplitud. A efectos prácticos, este sector puede segregarse en empresas y entidades sujetas a un sinfín de normas y requisitos emanados desde los reguladores europeos y nacionales y empresas fuera de ellas, conocidas como shadow banking (sector bancario en la sombra).

En 2011, un informe de la FSB (Financial Stability Board – Consejo de Estabilidad Financiera) definía el sistema bancario en la sombra como “sistema de intermediación crediticia conformado por entidades y actividades que están fuera del sistema bancario tradicional”, lo que se traslada a entidades tales como fondos de inversión que conceden créditos o están apalancados (endeudados), fondos del mercado monetario, sociedades financieras y sociedades de valores que conceden créditos sin estar reguladas como entidades bancarias, entidades que transforman vencimientos en liquidez, así como empresas aseguradoras que garantizan productos de crédito. Remarcar que no se trata de actividades ilegales, sino de operaciones financieras no sujetas a regulación o supervisión.

Se estima que este subsector financiero tiene activos bajo gestión equivalentes a la mitad de los activos del sector regulado. A finales de 2012 eran 53 trillones de euros (en la eurozona eran 16,3 trillones). Teniendo en cuenta estas cifras, se puede entender la preocupación que muestran los organismos financieros internacionales en instrumentar mecanismos de supervisión, transparencia y control sobre ellos, y que suponen un riesgo sistémico que podría tener efectos graves en el funcionamiento adecuado del sistema financiero internacional. Asímismo, el hecho de encontrar un alto nivel de interconexión entre entidades a ambos lados de la regulación, obliga a analizar la situación actual para prevenir un posible efecto contagio.

La Comisión Europea considera que la información debería ser accesible para sus organismos reguladores: Banco Central Europeo (BCE), Autoridad Bancaria Europea (ABE), Autoridad Europea de Valores y Mercados (AEVM), Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (AESPJ) y la Junta Europea de Riesgo Sistémico (JERS); con el objetivo de poder identificar qué entidades y actividades del sector paralelo deben ser incluidas en las nuevas regulaciones.

Los efectos ocasionados por la crisis financiera en la economía global han supuesto una mejor coordinación entre los organismos internacionales reguladores que evitarán situaciones parecidas en el futuro.

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