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acionalización: ¿Filial o establecimiento permanente?

Hasta hace algunos años, la internacionalización de la empresa se fundamentaba, básicamente, en la búsqueda de un incremento de los beneficios y/o en la necesidad de compensar las pérdidas ocasionadas por una posible caída de la demanda interna. En cambio, actualmente, las razones que hacen que la empresa inicie su proceso de internacionalización no se reducen tanto a este tipo de hechos de carácter puntual u objetivos cortoplacistas, sino que más bien se derivan de la consecución de una serie de metas fijadas a largo plazo. Entre las principales razones destacan, por un lado, la búsqueda de economías de escala y, con ello, la disminución de costes, fruto del aumento de la producción que supondría la ampliación del mercado. Además, las empresas tratarán de ganar competitividad no sólo vía precios sino también vía diferenciación de producto, ante el incremento del número de competidores. Por otro lado, puede que la empresa descubra que el mercado externo es su mercado natural, debido a la escasez de sus productos y, de este modo, poder fijar en el mismo un mayor precio al no tener que hacer frente a una elevada competencia y, por tanto, incrementar sus márgenes de rentabilidad. Otra posible razón, es la obtención de un mayor prestigio para la empresa dentro del mercado interno. Un último motivo es la diversificación del riesgo de operar en un único mercado, ya que en cualquier momento la compañía puede sufrir el ataque de un competidor internacional.

Antes de iniciar un proceso de internacionalización, la empresa debe tener en cuenta el sistema de tributación existente en el país donde desea establecerse, siendo fundamental en el estudio de la conveniencia o no del inicio del proceso. Por tanto, en lo que respecta a la planificación tributaria de un proyecto empresarial de internacionalización, la empresa tomará como punto de partida una serie de objetivos:

En primer lugar, minimizar la carga fiscal global a la que esté sujeta. En segundo lugar, buscar una seguridad jurídica a la hora de invertir. En tercer lugar, la estructura elegida se debe caracterizar tanto por su simplicidad, como por su flexibilidad, con el objeto de encontrar el menor número posible de obstáculos a la hora de operar en mercados foráneos. Y, por último, la compañía debe fijarse en la posible existencia de barreras arancelarias, o no arancelarias, ya que de ello dependerá la facilidad que ésta tenga para la movilidad de los recursos.

En resumen, al iniciar el proceso de internacionalización la empresa se va a regir, principalmente, por: la minimización de los costes de implantación, la seguridad jurídica y la agilidad en la implantación.

De acuerdo con estos objetivos, la empresa deberá elegir la forma jurídica a través de la cual realizará la inversión en el exterior, ya sea mediante la constitución de una filial o bien de un establecimiento permanente, en función de la valoración que la misma haga de las características de cada uno.

En cuanto a las características de la filial, ésta dispone de personalidad jurídica propia y, por tanto, permite un mejor control de la tributación de los beneficios en el país de residencia de la matriz, pues los beneficios de la filial no se consolidan con los de la matriz. En el caso de existir otras residentes del grupo en el país donde se va a establecer la filial, ésta podrá consolidar resultados con ellas y, además, sólo en el caso de reparto de dividendos estos podrán ser gravados en España. Por otra parte, la empresa puede, gracias a la flexibilidad de esta forma jurídica, reorganizar la inversión a través de una reestructuración del grupo. Otra circunstancia a tener en cuenta, no menos importante, es que en algunos países sólo se reconoce la aplicación de medidas de fomento a las compañías con personalidad jurídica propia, incluyendo, por consiguiente, a las filiales.

Si la empresa decide internacionalizarse mediante la constitución de un establecimiento permanente, dado que, a diferencia de la filial éste carece de personalidad jurídica independiente, su implantación en otro país va a resultar menos costosa que en el caso de una filial, al reducirse considerablemente las formalidades jurídicas a las que la empresa deberá hacer frente, tanto para su constitución, como para su funcionamiento. Por otro lado, en el caso de que se obtuvieran pérdidas como consecuencia de su constitución, éstas podrían compensarse con los resultados positivos de la matriz. Otra ventaja del establecimiento permanente sobre la filial es que éste puede transferir fondos desde o hacia la matriz normalmente sin tributación. Al igual que las filiales, los establecimientos permanentes también pueden consolidar resultados con otras residentes del grupo.

En definitiva, con el paso de los años, las razones que llevan a la mayor parte de las empresas a acometer un proceso de internacionalización, se han incrementado y diversificado, atendiendo a objetivos de más largo plazo como pueden ser: la obtención de economías de escala, el incremento de la competitividad, la diversificación del riesgo, la rentabilidad y/o el prestigio. En una primera instancia, en cuanto a la planificación fiscal en el proceso de salida al exterior, la empresa va a partir de una serie de criterios como la minimización de costes, la seguridad jurídica y la facilidad en la implantación. En base a estos objetivos deberá estudiar y, con ello, elegir la forma de inversión entre filial o establecimiento permanente, considerando las diferentes ventajas de cada una de ellas.

Patricia Uroz Sanz
Área Formación/ Proyectos
puroz@febf.org

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