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Atención: Semáforo

Cuando un particular dispone de ciertos ahorros y desea invertirlos para rentabilizarlos, se encontrará ante una amplia gama de productos financieros entre los que elegir con diferentes características. Por tanto, el gestor que le atienda realizará un test, con el fin de conocer sus objetivos de inversión y plazos para poder asesorar sobre qué instrumentos financieros son los adecuados. Para facilitar esta tarea, la CNMV (Comisión Nacional del Mercado de Valores), a partir de 2015, obligará a clasificar los productos a través de una escala de colores e iconos, con el fin de identificar los riesgos y proteger así a los pequeños inversores.

La escala de colores se basa en un semáforo, en función del riesgo de recuperación del capital a vencimiento, solvencia del emisor, plazo, características propiamente dichas del producto y la divisa en la que está denominado. Se establecen cinco categorías, rojo, naranja, amarillo, verde claro y verde oscuro, ordenadas de mayor a menor riesgo. Los instrumentos con compromiso de devolución del capital en un plazo inferior o igual a 3 años y que cuenten con un rating como mínimo igual al de España, se considerarán seguros (verdes) y, en el otro extremo, encontramos los derivados (rojo) considerados de mayor riesgo.

Además, se incluirá un icono en forma de candado para advertir sobre la liquidez y complejidad del producto. En el caso de inversiones en las que exista compromiso de devolución de capital al vencimiento de al menos el 90%, se indicará la advertencia “el compromiso de devolución del (XX%) del capital sólo es a vencimiento y la venta anticipada puede provocar pérdidas” junto al dibujo de un candado. Por el contrario, se incluirá el icono de dos candados en los productos que no garanticen el capital, no exista un mercado secundario líquido y no se incorpore un procedimiento para dar liquidez con la leyenda “la venta anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes”. Y profundizando más, a los productos anteriores, pero sin que exista compromiso de devolución de capital se podrá leer “el compromiso de devolución del (XX%) del capital sólo es a vencimiento y la venta anticipada no es posible o puede implicar pérdidas relevantes”.

Adicionalmente, para dotar de mayor transparencia informativa y una adecuada protección al inversor, se indicará con una exclamación y el aviso “instrumento financiero complejo, puede ser difícil de comprender” en aquellos productos complejos, independientemente del riesgo y, para los especialmente complejos, dos signos de exclamación junto a la leyenda “instrumento especialmente complejo cuya adquisición no se considera adecuada por inversores no profesionales”.

Toda esta nueva información se plasmará a través de una pirámide de colores ordenada de menor a mayor riesgo, como las que vemos habitualmente en los electrodomésticos para informar de la eficiencia energética, junto a los iconos correspondientes en cada uno de los productos.

Esta nueva clasificación no nace exenta de polémica por parte de algunos sectores, porque debería ser más exigente o más detallada, pero cualquier avance que haga la CNMV en la protección del inversor será siempre bien acogida por los inversores. ¡Atención al semáforo!

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