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Calidad en los Servicios Financieros

La creciente complejidad de los mercados financieros, exigen un asesoramiento profesional continuado de la mano de expertos y profesionales del sector. Por su parte, en los últimos años, hemos asistido a un incremento en la participación de los inversores que se encuentran con una amplia y compleja gama de servicios e instrumentos, teniendo que evaluar diversos factores a la hora de realizar una inversión.

Para ello, es necesario acudir a profesionales dotados de las suficientes aptitudes, que sean capaces de ofrecer un servicio con las máximas garantías tanto en términos de rentabilidad como en términos de protección de los derechos de los inversores.

La Unión Europea, no ha quedado al margen de esta realidad, ya en 1992, se aprobaba la Directiva de Servicios de Inversión, cuya propuesta de reforma se encuentra actualmente en trámites de aprobación. El nuevo texto normativo, tiene como objetivo proteger a los inversores y asegurar el funcionamiento armónico de los mercados de valores, necesario para garantizar la transparencia de las operaciones. Además, las normas incluidas deberán ser adoptadas de forma obligatoria por las empresas de inversión y por las entidades de crédito. La Directiva propone un nuevo marco, basado en un sistema que pretende servir de pasaporte para ejercer la actividad de la asesoría financiera, y la prestación de servicios de inversión, a través de una autorización otorgada por los Estados Miembros.

En este sentido, las empresas de inversión, tendrán que cumplir un conjunto de normas de conducta, y adaptar sus sistemas de gestión y control para mejorar el cumplimiento, asegurando una adecuada protección de los intereses de los inversores. Asimismo, las empresas que prestan servicios que puedan dar lugar a posibles conflictos de intereses, tendrán que establecer los sistemas necesarios para detectarlos y minimizar los riesgos asociados a ellos.

Así pues, la Directiva propone reconocer el asesoramiento en materia de inversión como una actividad financiera autónoma y cada vez más importante por derecho propio, ampliando la consideración de empresa de servicio de inversión a toda persona jurídica cuya profesión o actividad habitual, consista en prestar servicios de este tipo con carácter profesional. En este conjunto quedan incluidos los asesores financieros, siéndoles de aplicación las disposiciones contempladas en la misma.

Las principales consecuencias de su inclusión en la Directiva son: que los asesores de inversiones estén sujetos a la autorización inicial y al cumplimiento de una serie de obligaciones continuas establecidas por la misma, y que se garanticen unas disciplinas de supervisión proporcionadas y apropiadas para abordar el riesgo que implica para los inversores un asesoramiento inadecuado o una conducta no profesional de los mismos.

La Directiva establece una serie de obligaciones para garantizar la protección de los derechos de los inversores, respecto de la actividad de las empresas de inversión. Ello se debe principalmente, a que para desempeñar determinadas areas de la actividad financiera, no es necesario contar con ninguna titulación específica, de ahí que hayan proliferado de forma creciente las empresas que ofrecen este tipo de servicios, sin que las mismas ofrezcan siempre unas garantías suficientes para los inversores. Por ello, resulta necesario dotar a dicha actividad profesional de unas normas y condiciones básicas que protejan, no sólo a los inversores, sino a los propios profesionales ante la competencia desleal y del intrusismo.

En este sentido, la formación de los profesionales de dichas empresas resulta, un elemento clave en la profesionalización asociada a la prestación de los servicios de inversión. En los últimos años, diversas iniciativas privadas han creado títulos avalados a nivel internacional, que ofrecen una formación específica en esta materia, basada en unos estándares de calidad que permiten dotar al profesional de los conocimientos adecuados para desarrollar la actividad financiera y optimizar las relaciones con los clientes, en su doble faceta de gestión patrimonial y mejora de la calidad y rentabilidad de los servicios ofrecidos.

Desde un gran número de instituciones se está haciendo un esfuerzo para formar a los profesionales del sector y de esta forma beneficiar a los actores intervinientes en el mismo. El interés por la formación, y la acreditación de la cualificación profesional de los asesores financieros, no es una cuestión baladí. De hecho, también la CNMV, desde la Dirección de Inversores en junio de 2003 publicó una Guía de procedimientos para la transmisión de información al inversor en la comercialización de este tipo de productos, Dada la importancia, muchas entidades están ofreciendo formación a sus profesionales para ofrecer a sus clientes estándares de conducta personal y profesional óptimos para el desarrollo de la actividad.

Conscientes de estas necesidades en el sector, la FEBF ha firmado un acuerdo con EFPA, Asociación Europea de Profesionales del Asesoramiento y Planificación Financiero-Patrimonial, asociación de ámbito europeo fundada en Rotterdam, y cuya sede en España está en la ciudad de Barcelona y que tiene como principal objetivo contribuir eficazmente al desarrollo de la profesión y beneficiar a los diversos actores del sector de los servicios financieros, para impartir el I Programa de gestión Patrimonial, acreditado para la obtención del titulo EFA (European Financial Adviser).

El curso va dirigido a profesionales del sector financiero con experiencia, interesados en actualizar sus conocimientos y ofrecer un mejor servicio a sus clientes.

Con esta iniciativa la Fundación cumple su objetivo de mejorar y fomentar, a través de la formación, la calidad de los servicios financieros prestados a nuestra comunidad.

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