El ejecutivo español tiene sobre la mesa una reforma del sistema fiscal español, afectando principalmente al IRPF, pero con presiones desde los socios europeos para que reclasifique productos y servicios entre los diferentes tipos impositivos de IVA para aumentar la recaudación. Si bien no se suben los tipos (4%, 10 y 21% actualmente), el hecho de reasignar una clasificación nueva subiendo la escala supondrá un incremento fiscal. El IVA tiene como destinatario al consumidor final del servicio o producto, lo que afectará a su política de consumo, ya que miramos siempre precio IVA incluido. Entonces la pregunta sería, ¿siempre paga el consumidor los incrementos de IVA? No, veamos por qué.
El precio de los productos y servicios es asignado por el mercado en función del valor que otorgan los clientes para querer consumirlos y, el interés de las empresas para producirlo y venderlo. En economía se pueden clasificar los productos en función de la variación solicitada por los demandantes ante modificaciones en los precios, a través del estudio de la elasticidad de demanda, y según ésta sería posible calcular el efecto por incremento de IVA en cada una de las partes. Para ello, primero es necesario conocer ante qué tipo de producto/servicios nos encontramos, lo cual vendrá determinado por el valor matemático de la expresión de elasticidad.
Como Elástico entendemos los productos que ante un incremento del precio se produce una disminución de la demanda. Esta reducción puede deberse a la existencia de otros productos sustitutos o ser prescindible para el consumidor. Con esta situación la empresa debe asumir parte de la subida impositiva contra su cuenta de pérdidas y ganancias si desea mantener su negocio activo. Sería el caso del cine, las vacaciones…
Y como Inelástico tendríamos los productos o servicios que no ven afectada su demanda considerablemente debido a incrementos en el precio. Ejemplos serían la gasolina, medicamentos, electricidad, etc. Aquí las empresas pueden trasladar íntegramente la subida de IVA a los consumidores, pues no verán afectada su cuenta de resultados fuertemente.
A la hora de establecer las subidas/reclasificaciones de los tipos de IVA, se debería tener en consideración los tipos de elasticidad, ya que la previsión de ingresos por recaudación podría no cumplirse por realizar grandes ajustes en las demandas de productos y servicios. Asimismo, se pueden cambiar patrones de consumo básicos como los que se están observando entre los hábitos alimentarios, culturales, sanitarios, etc. En definitiva, con una demanda interna deprimida el reajuste fiscal vía IVA tiene que tratarse con mucha delicadeza para no perjudicar una economía ya de por sí débil.