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El Espíritu de Olivencia

En anteriores Ventanas de Finanzas, ya nos hemos referido al positivo comportamiento corporativo de las empresas españolas, puesto de manifiesto con el llamado Código Olivencia, heredero del Hempel, el Cadbury o el Greenbury, instrumentados previamente fuera de nuestras fronteras.

De carácter voluntario su aplicación, el Código Olivencia se articula a través de 23 recomendaciones, y su bendición oficial fue el 11 de marzo de 1998. Su adopción fue recomendada perentoriamente desde la CNMV para los Consejos de Administración de las empresas cotizadas, y desde entonces, se ha venido realizando un seguimiento recurrente.

Los principales activos generadores de valor en las empresas españolas son la adecuada generación, transmisión, y posterior difusión, de la información y el conocimiento entre los diferentes interlocutores. Todo ello, en una atmósfera de transparencia.

La interacción armonizada y armoniosa de tales activos facilita la cuenta y razón de los grupos de interés participantes en las tomas de decisiones empresariales. Y por ende, el óptimo resultado del tránsito del capital intelectual, gobierno societario, y en su caso, el comportamiento en el mercado de capitales.

Para optimizar estos flujos de rendimiento, es fundamental la labor ejercida por parte de los Consejeros Independientes, verdadero nudo gordiano y figura catalizadora en la implementación de cualquier Código de Buen Gobierno corporativo.

El Consejero Independiente es un consejero externo (o no ejecutivo) que, por su prestigio y cualificación profesional, e independencia manifiesta, es capaz de emitir un juicio objetivo en los posibles conflictos de interés y decisiones estratégicas del gobierno societario. Su objetividad se basará en una desvinculación real, no nominal, de la dirección de la empresa, demostrable tanto en la ausencia de relaciones significativas o directas (ser accionista, familia, proveedor de servicios) con el negocio empresarial y sus directivos, como en las aparentes e indirectas. El independiente hará valer los intereses de los accionistas minoritarios y aportará efectividad y credibilidad a la supervisión del Consejo. Con remuneración moderada, su presencia en las Comisiones Delegadas, formadas a partir de las recomendaciones, será significativa.

Las Funciones a Ejercer desde el Consejo de Administración, siguiendo las directrices del Código Olivencia, serán, al menos, las siguientes:

– La aprobación de las estrategias generales.
– El nombramiento, retribución y destitución de directivos.
– El control de la gestión y evaluación de los directivos.
– La identificación de riesgos de la sociedad, mediante la implantación y seguimiento de adecuados sistemas de control interno.
– Determinación de las políticas de información y comunicación a los accionistas, mercados y opinión pública.

El principal factor no dinamizador en el ejercicio de tales funciones será la existencia de relaciones de agencia, e incluso, intereses contrapuestos entre los diferentes participantes en las decisiones empresariales. Es decir, entre los Accionistas, el Consejo de Administración, los Directivos y el Mercado.

Ya en 1999, la OCDE establecía que el buen gobierno corporativo supondría el suministro de incentivos adecuados para que el consejo de administración y el equipo directivo seleccionaran los objetivos más rentables para la empresa y los accionistas, a través de un control más eficiente y un uso más eficaz de los recursos (financieros y humanos). Todo ello redundaría en una mejora de las relaciones con el mercado de capitales y la atracción de capital estable a largo plazo, al aumentar la confianza de inversores nacionales e internacionales.

Establecer un adecuado balance del Código de Buen Gobierno en España pasa por analizar el estado de la cuestión en los siguientes principios:

1. Autoregulación. En tanto en cuanto se trata de un Código voluntariamente aceptado e impulsado. Su imposición externa prostituye, necesariamente, la configuración y posterior puesta en práctica.

2. Adaptación. Por su flexibilidad innata, entendida como perspectiva estratégica.

3. Gradualidad Temporal: Asegurando una prudencia en su implantación, al tiempo que una coherencia operativa con la cultura de empresa informal, somatizada con anterioridad.

4. Cuenta y Razón: Será tan importante la meta como el camino para alcanzarla. Por ello será muy valorado indicar de forma razonada y argumentada los incumplimientos, por garantizar un lecho suficiente de responsabilidad y transparencia de los administradores.

5. Eficacia Empresarial: Aunando la consecución de una Misión estratégica pragmática y relevante.

La valoración positiva del gobierno corporativo español no ha impedido la identificación de determinadas inercias (o prácticas inmovilistas) identificadora de retos pendientes, dignos de ser señalados, en tanto que su corrección y/o erradicación supondría un gran avance para nuestras empresas en términos de credibilidad, competitividad, comparabilidad, difusión y eficiencia de unos resultados económico financieros ya en los estándares internacionales.

Los Códigos de Buen Gobierno, al mejorar la gestión del capital intelectual dentro y fuera de las empresas, muestran las virtudes de la armonización filosófica del «qué» (cuantitativo) con el «cómo» (cualitativo).

Isabel Giménez Zuriaga
Directora General
Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros
igimenez@febf.org

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