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Emprende, emprende, emprende…

Con una economía cuyos indicadores globales parecen anticipar tiempos mejores pero aún instalada en la recesión, el legislador, considerando la importancia del espíritu emprendedor en estos momentos, ha introducido en nuestro ordenamiento jurídico un instrumento específico de apoyo a esta figura.
La Ley 14/2013 de apoyo a los emprendedores y su internacionalización publicada en el BOE el pasado 28 de septiembre tiene por objeto crear un entorno favorable a la actividad económica, apoyar al emprendedor y su actividad empresarial en todas las fases de su desarrollo, favorecer su crecimiento e internacionalización. Al efecto introduce reformas a muy variados aspectos de nuestro ordenamiento fiscal, laboral, mercantil…..así como ordena que los centros de educación primaria y secundaria “incentiven el espíritu emprendedor”.
En materia fiscal se modifica la normativa de diversos impuestos. Respecto al IVA se introduce, con efectos del 1 de enero de 2014, el criterio de devengo que permite posponer la liquidación al momento en que la factura sea efectivamente cobrada. En el Impuesto sobre Sociedades, se modifica el régimen de reducción de las rentas procedentes de la cesión de determinados activos intangibles (Patent Box), se introduce una nueva deducción en cuota para pymes o micropymes por la inversión de los beneficios del ejercicio en elementos nuevos de inmovilizado material o inversiones inmobiliarias y se modifica la norma relativa al límite sobre la cuota íntegra respecto a la deducción por I + D + i. En relación con el IRPF se modifica el régimen de incentivos fiscales para inversiones en empresas de nueva o reciente creación (Business Angels)

En materia laboral, es especialmente destacable la regulación del llamado Visado de emprendedores ya establecido en otros países y que permite obtener una autorización especial de residencia y permanencia durante un periodo mínimo de un año para aquellas personas extranjeras que inicien una actividad empresarial en nuestro país. Asimismo se simplifican los tramites para la contratación de talento extranjero y se podrá solicitar un permiso especial de residencia para estos empleados, siempre que se cumplan determinados requisitos.

En materia mercantil y de derecho de sociedades, señalar la creación de la figura del emprendedor de responsabilidad limitada que da un respiro a los pequeños empresarios que hasta ahora respondían con su propio patrimonio personal y que con la nueva ley al menos nunca perderán su casa (siempre que no supere los 300.000 euros de valor) a causa de las deudas .También se crea ,inspirada en la existente en otros países de nuestro entorno, la figura de la Sociedad limitada de Formación Sucesiva
La ley aborda otros muchos aspectos de interés del emprendedor, entre ellos el de la llamada segunda oportunidad que permite al empresario que fracasa poder intentarlo de nuevo, al ampliar en dos años el plazo para asumir las deudas en caso de que se enfrente a un posible embargo .Establece la cuota reducida para todos los nuevos autónomos, independientemente de su edad e introduce la figura de las miniempresas. Sólo el tiempo dirá si, efectivamente todas estas medidas, favorecerán la creación y puesta en marcha de nuevos proyectos empresariales.

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