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¿EXISTE DIFERENCIA ENTRE APORTACIONES Y GANANCIAS?

¿EXISTE DIFERENCIA ENTRE APORTACIONES Y GANANCIAS?
La reforma fiscal elimina la deducción del 40% de la que disfrutan ahora los planes de pensiones que se rescatan en forma de capital y las deducciones de los seguros de vida, que pierden ventajas respecto al resto de los productos de ahorro.
La reforma fiscal, que ha entrado en vigor el presente ejercicio, introduce significativas modificaciones en el tratamiento tributario de los instrumentos de previsión social, ya sean planes de pensiones, seguros de vida o cualquiera de los otros productos existentes en este sector.

A través de la reforma tributaria, el legislador persigue por medio de la unificación de los tipos (pasando a un tipo fijo del 18%) simplificar la tributación de los productos de ahorro. Se han eliminado las ventajas fiscales de las que se beneficiaban algunos productos, consiguiendo así la neutralidad en el tratamiento fiscal de los productos financieros y de ahorro. Esta medida pretende al mismo tiempo, abordar los problemas fiscales derivados del envejecimiento de la población y de la dependencia.

Precisamente, las principales críticas surgen derivadas de estos objetivos de mejora, ya que esta normativa no hace diferenciación en la destinación del ahorro de cada producto. Así, un producto como puede ser, los Planes de Pensiones (Aportaciones), al que los ciudadanos encomiendan la prosperidad de su jubilación, quedará gravado exactamente igual que uno destinado al ahorro por excedente (Ganancias), es decir, al 18%.

Las aportaciones a los planes de pensiones no son consideradas rendimientos del ejercicio, por lo tanto reducen la base de contribución del beneficiario, siempre y cuando se cumplan determinados requisitos. Hasta el año 2006, si se cobraba el Plan de pensiones en la modalidad de pago único, existía una exención del 40% sobre el importe cobrado, debiendo tributar el resto según la escala general.

A partir de la reforma, si se cobra todo en un solo plazo, como un capital, se tributará por la totalidad con la escala general, considerándose como rendimiento del trabajo y sin aplicar ninguna reducción, salvo que se cobre en caso de fallecimiento y hayan pasado más de dos años desde la primera aportación. La exención actual del 40% únicamente se seguirá practicando en al caso de que dicha pensión se cobre en forma de renta vitalicia.
La intención de los ciudadanos al contratar este tipo de productos, es la de ir reduciendo su factura fiscal año tras año. Pero con esta modificación, la sorpresa se encuentra al final de la operación, ya que Hacienda toma parte importante en el momento del rescate.

Como contrapartida, se han ampliado los límites para las aportaciones a los planes de pensiones con derecho a deducción en la declaración de la renta y se ha creado un nuevo producto denominado PIAS (Plan individual de ahorro sistemático).El PIAS no permite la deducción en las aportaciones, pero sí queda exento de tributar para todas aquellas inversiones que superen un periodo de 10 años, y siempre que se recuperen en forma de renta vitalicia.

Pese a estas novedades, la pérdida de privilegios fiscales en los planes de pensiones y en los seguros de vida tradicionales, ha levantado duras críticas en el sector, ya que plantea nuevas situaciones de incertidumbre para estos dos productos. Aquel valor añadido que ofrecían y que los diferenciaba de los otros tipos de inversiones ya no es tan significativo. La preocupación reside ahora, desde la última reforma del IRPF, en la amenaza que sufren los seguros de vida y los nombrados planes de pensiones, puesto que ahora pierden atractivo como fórmula de ahorro a medio y largo plazo, y además deben afrontar la competencia de los PIAS.

De todas formas, todos aquellos que ya contrataron su plan de pensiones con anterioridad a la reforma, deben saber que todas sus aportaciones anteriores a 2007 se beneficiarán de la deducción de siempre cuando se rescate en forma de capital.

Como conclusión diremos, que en el punto de mira de esta reforma se encuentra la tabla rasa que se ha hecho para todas las inversiones. Esta nueva reforma, no hace ningún tipo de diferenciación entre aportación y ganancia, y tanto el sector como los beneficiarios, están en desacuerdo con que se aplique el mismo tipo de retención para todo tipo de inversiones cualquiera que sea su finalidad. Así que debemos esperar para ver si se toman nuevas medidas tras tan duras críticas y si la supuesta mejora es una mejora real o no.

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