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Oxígeno para superar la crisis

El pasado 8 de marzo se publicó en el BOE el Real Decreto-ley 4/2014, por el que se adoptan medidas urgentes en materia de refinanciación y reestructuración de deuda empresarial.
Con la nueva norma el legislador ha considerado que una vez realizada la necesaria reestructuración del sector financiero y saneados los balances bancarios, era el momento para acometer medidas destinadas a la reestructuración de la deuda empresarial de las empresas que, no obstante su elevado endeudamiento, siguen siendo viables.
En la práctica se trata de superar algunos obstáculos identificados en los procesos de refinanciación de empresas viables introduciendo reformas en la Ley Concursal 22/03 que permitan, a través de la mejora de las instituciones preconcursales, que dichas empresas puedan sanear su carga financiera, siempre manteniendo los intereses legítimos de sus acreedores y maximizando su expectativa de cobro.
Se incluyen novedades que afectan, entre otros aspectos de la anterior normativa, a los acuerdos de refinanciación, calificación y clasificación de créditos, paralización de ejecuciones y homologación judicial. Asimismo, hay medidas fiscales que modifican lo establecido hasta ahora en el Impuesto de Sociedades y en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y que se orientan a reducir o diferir la tributación de las operaciones de capitalización de deudas o de los acuerdos de quitas y esperas.
Es pronto todavía para que los expertos jurídicos dictaminen sobre el impacto real de la reforma concursal planteada sobre los procesos de insolvencia. Pero algunos ya apuntan algunas debilidades en el aspecto de la presunción de culpabilidad del concurso, si el deudor se hubiese negado a la capitalización de créditos sin causa razonable. Piensan que el derecho al voto es un derecho inherente al accionista que se limita cuando se establece que los accionistas de una empresa inmersa en un proceso concursal puedan ser culpables por votar en contra de un plan de recapitalización propuesto por los acreedores. Argumentan que el sistema legal actual ya contiene mecanismos en virtud de los cuales el juez podrá decidir si los administradores o los accionistas de una sociedad en concurso son culpables o negligentes en sus actos.

No obstante lo anterior, no se puede negar que la reforma aporta positividad al actual escenario de dificultades, al mejorar la expectativa de futuro de las empresas a las que está orientada.
Por todo ello, dado el impacto de la actividad de las Pymes en nuestra estructura económica, la Fundación de Estudios Bursátiles y Financieros, ha diseñado un Curso Avanzado de Derecho Societario para Pymes que permita cubrir las necesidades formativas de los emprendedores y sus asesores, en la constitución, desarrollo y crisis de una Start-up. Se analizarán, con metodología eminentemente práctica, aspectos jurídicos y fiscales claves para garantizar la sostenibilidad del negocio, contando al efecto con la participación de ponentes de alto nivel pertenecientes a los prestigiosos despachos de Uría Menéndez, Cuatrecasas, Gonçalves Pereira, Garrigues y Broseta Abogados .

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