Tasa Tobin

Este impuesto es un viejo conocido del sector financiero, hubo una propuesta del Gobierno en 2019, que finalmente no vió la luz. Esta tasa tiene sus antecedentes en los años setenta, cuando James Tobin, economista keynesiano, ideó un modelo impositivo para gravar transacciones financieras y frenar la especulación con divisas a nivel mundial. En septiembre de 2011 la Comisión Europea planteó la creación de un impuesto que gravase todas las operaciones realizadas por entidades financieras, siempre que una de las partes estuviese establecida en la UE, aunque este proyecto no consiguió armonizarse. Posteriormente en 2012, Francia implantó una tasa del 0,3% a la compraventa de acciones, seguida de Italia en 2013 que aplicó un 0,2%. Ha sido en 2020 cuando el Gobierno ha aprobado el Anteproyecto de Ley que regula el Impuesto de Transacciones Financieras (ITF), más conocido como tasa Tobin.

El nuevo ITF gravará con un 0,2% las operaciones financieras de compra de acciones de compañías españolas cotizadas con más de 1.000 millones de euros de capitalización. La lista de empresas variará en función del momento del tiempo en el que se tome la capitalización. Es por ello, que el anteproyecto establecerá el valor de la capitalización bursátil de la sociedad a 1 de diciembre del año anterior al momento de la adquisición. Sin embargo, en el primer año se tomará el valor de capitalización un mes antes de la fecha de entrada en vigor de la Ley, que será de tres meses una vez publicada en el BOE.

Este impuesto no se aplicará a empresas no cotizadas ni pymes, tampoco a la deuda pública o privada, ni a las operaciones con derivados. Además, habrá excepciones como la compra de acciones en las salidas a bolsa, incluyendo las realizadas por entidades colocadoras o aseguradoras, en las operaciones de autocartera enfocadas a mejorar la liquidez o en las transacciones realizadas en procesos de fusión, escisión o disolución de compañías. Esta tasa tendrá implicaciones en todos los agentes que participan en el sector financiero, y aunque los inversores no son gravados directamente, la implantación de la tasa tendrá repercusiones no solo en el coste de sus inversiones sino también en su proceso de inversión. Además, en el Mercado de Valores los volúmenes de contratación se pueden ver afectados, produciéndose deslocalización y pérdida de competitividad. Los intermediarios financieros, soportarán un mayor coste en cada una de sus operaciones, y los fondos de inversión y de pensiones, verán reducidas sus rentabilidades.

La tasa Tobin, lejos de cumplir su objetivo inicial de reducir las operaciones especulativas, las puede potenciar, ya que las decisiones de inversión pueden distorsionarse y desplazase desde activos de renta variable más tradicionales a otros instrumentos financieros como los derivados -que no están gravados- pudiendo el inversor exponerse a mayores riesgos que no corresponden con su perfil inversor.

Leonor Vargas

Directora Financiera

Fundación De Estudios Bursátiles y Financieros.

Publicado en: Rankiapro

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