Parece que, a pesar de ser casi final de año, por fin tenemos Plan. El proceso que nos lleva a la aprobación del nuevo Plan Contable, se inició con la entrada en vigor en enero de 2005 de las Normas Internacionales de contabilidad que fueron de carácter obligatorio para todas las cuentas consolidadas de las empresas de la Unión y para las sociedades cotizadas. En julio entró en vigor la Ley 16/2007, de Reforma Mercantil en materia contable y adaptación de la legislación para su armonización internacional. La semana pasada el Consejo de Ministros aprobó el Nuevo Plan General de Contabilidad que servirá de herramienta para la adaptación a las NIIF. Todas las empresas españolas estaban esperando esta aprobación como agua de mayo, ya que su aplicación es inmediata el 1 de enero de 2008.
Muchas son las reformas que van a entrar en vigor el próximo año, aparte del Plan Contable, la Directiva MIFD o la Ley Hipotecaria, que también fue aprobada esta semana. Las empresas españolas se enfrentan a un gran reto, tienen que ser capaces de adaptar su contabilidad a este nuevo Plan, hay cierto desconcierto, y desconocimiento en algunos de los tratamientos que hace este nuevo Plan respecto a elementos y conceptos tradicionales.
La Reforma pretende mejorar la información recogida en los estados financieros y conseguir una homogenización de toda la información presentada por las empresas para facilitar la comparabilidad entre todas las sociedades.
Los principales cambios van a venir por varias vías:
a) Presentación de la información.
b) Cambios en los principios contables.
c) Tratamiento y valoración de algunos activos.
a) A las Cuentas Anuales de las empresas (el balance, la cuenta de Pérdidas y Ganancias y la Memoria) se añaden dos Nuevos estados financieros:
• Estado de Flujos de Efectivo: es una ampliación del EOAF (Estado de Origen y Aplicación de Fondos), pero con unas mejoras importantes en cuanto a transparencia y comparabilidad.
• Estado de Cambios en el Patrimonio Neto: recogerán los ajustes a valor razonable de ciertos activos cuando éstos no vayan contra resultados.
b) Otro de los cambios a destacar es la alteración en el orden de los Principios Contables. Tradicionalmente, el Principio de Prudencia ha sido el que marcaba la prioridad sobre cualquier otro principio, si bien ahora prima el principio de devengo: “la imputación de ingresos y gastos deberá hacerse en función de la corriente real de bienes y servicios que los mismos representan y con independencia del momento en el que se produzca la corriente monetaria o financiera derivada de ellos”.
c) Los criterios de valoración han sido ampliados apareciendo nuevos conceptos, como es el de Valor Razonable. Destacamos la distinción entre coste histórico y valor razonable: “valor razonable es el importe por el cual podría ser intercambiado un activo, o cancelado un pasivo, entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua”. Además existen otros criterios, como el de valor neto realizable, valor en uso y valor actual, coste amortizado, valor contable o en libros, y valor residual.
La nueva normativa hace hincapié en el tratamiento de los Intangibles: Todo inmovilizado intangible debe cumplir el criterio de identificabilidad, lo que implica que debe ser separable, es decir, susceptible de ser separado de la empresa y vendido, cedido, entregado para su explotación, arrendado o intercambiado. Asimismo, explica que debe surgir de derechos legales o contractuales con independencia de que sean o no transferibles o separables.
Una vez identificados los activos intangibles, encontramos una modificación importante relacionada con la amortización, ya que si la vida útil de un intangible es considerada indefinida, este no tendrá la posibilidad de ser amortizado. Y es más, la vida útil de los activos deberá de ser revisada anualmente, se analizará el deterioro del valor del mismo por si hay que modificar su tratamiento. Destacar especialmente el caso del Fondo de Comercio y de los Gastos de Establecimiento que serán definitivamente un gasto.
Además de estos cambios, el nuevo Plan recoge: nuevas definiciones de elementos básicos como Activo, Pasivo o Neto; desaparece el concepto de “unidad de decisión”; se incorporan elementos patrimoniales de las sociedades dependientes a las cuentas consolidadas por el valor razonable, y en el tratamiento de los instrumentos financieros conceptos como el valor razonable y la finalidad o destino de la inversión que estamos realizando, serán determinantes a la hora de valorar y .tratar contablemente este tipo de productos.
Las importantes ventajas que supone esta reforma en el Plan General de Contabilidad, van dirigidas a la homogenización financiera en el ámbito internacional, permitiendo así una notable mejora en la comparación de la información contable, dándonos la posibilidad de comparar la información financiera de cualquier empresa en distintos países, cosa que con el reglamento anterior era complicadísimo. Debemos, por tanto, abrirnos, adaptarnos al cambio y prosperar en todos los sentidos hacia la internacionalización, que en el futuro nos puede aportar ventajas competitivas.