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Un Fogasa Flexible

El organismo autónomo adscrito al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, garantiza a los trabajadores la percepción de salarios, así como las indemnizaciones por despido o extinción de la relación laboral, pendientes de pago a causa de insolvencia o procedimiento concursal del empresario.
El organismo se financia mediante las cotizaciones por esta contingencia de las empresas tanto públicas como privadas que ocupan a trabajadores por cuenta ajena. La base de cotización es la misma que se establece para el cálculo de la cotización correspondiente a las contingencias de accidentes de trabajo, enfermedad profesional y desempleo en el sistema de la SS y el tipo a aplicar se regula anualmente .
En cuanto a salarios, el Fogasa garantiza el abono a los trabajadores de los salarios, incluidos los de tramitación, con el tope que resulta de multiplicar el doble del salario mínimo interprofesional diario, con prorrateo de pagas extras, por el numero de días pendientes de pago, con un máximo de ciento veinte días.
Respecto a indemnizaciones, se abonaran las reconocidas como consecuencia de sentencia, auto, acto de conciliación judicial o resolución administrativa a favor de los trabajadores a causa de despido o extinción de los contratos conforme a los art. 50,51 y 52 del Estatuto de los Trabajadores, y artículo 64 de la ley 22/2003, de 9 de julio, Ley Concursal, así como las indemnizaciones por extinción de contratos temporales o de duración determinada, en los casos que legalmente procedan. En todos los casos con el límite de una anualidad, sin que el salario diario, base de cálculo, pueda exceder del doble del salario mínimo interprofesional, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
Independientemente del margen de mejora que su regulación pudiera tener , la grave problemática actual del Fogasa radica en que la crisis económica ha triplicado su carga de trabajo , se están produciendo grandes retrasos en la gestión (se estima una media de un año en las unidades provinciales más importantes) con grave repercusión sobre las personas que, en la peor de las situaciones (sin empleo y con salarios adeudados), sufren retrasos intolerables en el reconocimiento de las prestaciones.
Como medida de contención para ésta grave situación, el Ministerio de empleo ha puesto en marcha un plan de refuerzo para la gestión de más de 180.000 expedientes retrasados de 23 provincias, a través de la empresa publica Tragsatec y aunque el Ministerio asegura que no se trata de una externalización porque Tragsatec es una empresa pública, los sindicatos discrepan de la medida y creen que tanto para la rapidez como para la calidad del servicio, seria mas practico reforzar la plantilla del Organismo Público.
A pesar de las discrepancias respecto a las acciones establecidas, es evidente que hay que actuar tanto a corto plazo para recuperar el retraso como a medio plazo, estableciendo cambios estructurales que permitan que el Fogasa, Organismo de Garantía fundamental, se adapte con flexibilidad, eficiencia y eficacia a los variables requerimientos del servicio que presta.

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